miércoles, 6 de noviembre de 2013

La Mala Práctica Profesional




La Mala Práctica Profesional


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En la Asamblea Nacional se viene discutiendo y corrigiendo por algún tiempo ciertos artículos del Proyecto de Código Orgánico Integral Penal, artículos que han abierto varias discusiones en la sociedad ecuatoriana.


Los apartados 146 y 152 - detallados en el Libro Preliminar, libro I y libro II del proyecto de Código Orgánico Integral Penal- son los que más polémica y discusión han abierto estos meses e incluso han sido motivos de algunas manifestaciones.

Manifestaciones pacíficas realizadas por galenos del país, quienes sostienen que los artículos los están perjudicando, para el Doctor Juan Serrano, la negligencia médica existe, no se la puede negar, además, la penalización de la negligencia médica siempre ha existido en las leyes ecuatorianas, pero se las está corrigiendo y adecuando para garantizar los derechos de las personas, sin embargo, también se está perjudicando y atentando a la seguridad laboral de los médicos.

“Comenzando por declarar homicidio culposo por mala práctica profesional, para nosotros está mal, ¿cómo me pueden condenar por algo que yo no pretendí hacer?”, expresó Juan Serrano.

La diferencia de lo culposo y de lo doloso, consiste en que lo
Culposo: Se refiere a la acción realizada sin conocimiento de causa, actos que no se desean realizar.
Doloso: Es la acción efectuada con conocimiento de causa, el acto que se desea hacer.

Artículos que se encuentran en discusión en la Asamblea Nacional y que tienen a personas a favor y en contra del Proyecto de  Código Orgánico Integral Penal.

Entrevista al Decano de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de Cuenca.


Veamos el otro punto, como expresó el Doctor Juan Serrano, la negligencia profesional no se la puedo negar, existen padres, madres e hijos a quienes les quitaron a sus familiares, por una  impericia médica.

Personas que pusieron su salud en las manos de los médicos y se la fue arrebata por negligencia, no puede quedar en la impunidad.

Diagnósticos médicos errados,  doctores que sin un título de especialistas realizan operaciones para lo cual no están capacitados, galenos que se prestan para realizar operaciones penalizadas por la ley como el tráfico de órganos o el aborto realizadas en clínicas sin permiso de funcionamiento y bajo las peores circunstancias de salubridad, deben ser penados por la ley.

Es verdad todos somos humanos, sujetos de errores y también es verdad que nadie desde su sano juicio tiene la intención de “matar”, la mala práctica profesional se debe aplicar a todos los ámbitos laborales, no sólo al campo médico en donde el nivel de riesgo, por supuesto,  es mayor toda profesión debe estar proyectada a conseguir el bienestar colectivo.

Y sobre todo la construcción del nuevo Código Orgánico Integral Penal, debe garantizar una justicia que resuelva los conflictos sociales de forma eficiente, transparente, imparcial, accesible y con respeto a los derechos fundamentales de las personas.

 Entrevista a Francisco Argudo, presidente de la Asociación Escuela de la carrera de Medicina.

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